El 2019 fue declarado “Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires”. Los papeles oficiales llevarán esta inscripción.
Mediante una ley sancionada el pasado jueves la Legislatura porteña declaró al 2019 como “Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires”. Los papeles oficiales deberán llevar esa inscripción.
El proyecto que se trató sobre tablas durante la sesión ordinaria llevó las firmas de los legisladores oficialistas Lía Rueda, Agustín Forchieri, Francisco Quintana y Paula Beatriz Villalba. La votación resultó de 49 positivos y 7 abstenciones del socialismo y la izquierda.
El 21 de septiembre de 1880 el Congreso Nacional sancionó la Ley N° 1029 que declaró “Capital de la República” al municipio de la Ciudad de Buenos Aires. Y en 1972, se sancionó la “Ley Orgánica de la Ciudad de Buenos Aires” – N° 19.987- que la reconoció como persona jurídica pública estatal.
Por otra parte, la Ley 24.309 declarativa de la necesidad de reforma de la Constitución Nacional incluyó entre sus puntos la necesidad de dotar a la Ciudad de Buenos Aires de un status jurídico que reconociera su autonomía. Incluso el “Núcleo de Coincidencias Básicas” en el artículo 2 apartado f, preveía que: “a) El pueblo de la ciudad de Buenos Aires elegirá directamente su jefe de gobierno. b) La Ciudad de Buenos Aires será dotada de un status constitucional especial, que le reconozca autonomía y facultades propias de legislación y jurisdicción. c) Una regla especial garantizará los intereses del Estado Nacional, mientras la Ciudad de Buenos Aires sea capital de la Nación.”
El debate por esta autonomía fue uno de los puntos más conflictivos de la Convención Constituyente, gran cantidad de los convencionales no querían otorgarle facultades amplias en materia de gobierno, administración y justicia. De esos debates surgió lo que hoy tenemos regulado en la Constitución Nacional en materia de autonomía de la Ciudad de Buenos Aires.
Finalmente el nuevo status consagrado en la Constitución de 1994, modificó la situación jurídico-constitucional de la Ciudad de Buenos Aires. Con la sanción de la reforma, el artículo 129 estableció que la Ciudad tendrá un régimen de gobierno autónomo con facultades propias de legislación y jurisdicción; y su Jefe de Gobierno será elegido directamente por el pueblo.
A partir de la reforma, la Ciudad envió a la Cámara de Senadores del Congreso el mismo número de miembros que cada una de las provincias; es, a la par de ellas, uno de los distritos electorales en que se divide el país a los fines de la elección de diputados nacionales. Participa en la distribución de los impuestos coparticipables que recauda el gobierno central; igual que las provincias, aprueba, por ley local, la reasignación de recursos que debe acompañar a toda transferencia de competencias, servicios o funciones que efectúe, en su favor, el gobierno federal (ídem); de igual modo y por las mismas causas que las provincias, puede ser intervenida por ley del Congreso o por el Poder Ejecutivo durante el receso parlamentario; y la norma que declara su derecho a auto gobernarse, legislar y decidir las disputas jurídicas forma parte del Título Segundo de la Segunda Parte de la Constitución, que, según indica su acápite, se ocupa de los Gobiernos de provincia.
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, sancionada el 1° de octubre de 1996, tuvo como uno de sus principales objetos el de afirmar su autonomía. Organizó y estableció sus instituciones. Luego de los comicios para la elección de Jefe de Gobierno del año 1996, en los que resultó ganadora la fórmula De la Rúa-Olivera, los convencionales acordaron un estatuto que defendió las posibilidades de autonomía de la Ciudad. Tras casi dos meses de sesiones la Convención Constituyente sancionó la Carta Magna local. El antiguo Concejo Deliberante cesó en sus funciones el 10 de diciembre de 1997 y fue reemplazado por la Legislatura.
La Ciudad ha organizado su administración y sus instituciones, además de la elección del Jefe de Gobierno, instauró el Poder Judicial que actualmente cuenta con dos fueros: Penal, Contravencional y de Faltas y el fuero Contencioso Administrativo y Tributario. Estableció un Poder legislativo unicameral con 60 legisladores elegidos en elecciones con mandato por cuatro años y renovación de la mitad del cuerpo cada dos.
La Ley 129 estableció el 10 de octubre como el Día de la Autonomía que -según expresan los fundamentos del proyecto aprobado hoy está “aún en proceso, es una demanda de los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires que quieren contar con una justicia ordinaria Civil y Comercial local, con el traspaso del Registro de la Propiedad Inmueble, en síntesis, que la Ciudad finalmente tenga el mismo status jurídico que las otras 23 provincias que conforman la República Argentina”.