Prohíben trapitos y limpiavidrios en la Ciudad

La Legislatura modificó el Código Contravencional de la Ciudad y prohibió la actividad de los cuidacoches y limpiavidrios  e impone multas, realización de tareas comunitarias y hasta días de arresto.

Con el voto mayoritario de los bloques Vamos Juntos y Evolución, la Legislatura porteña sancionó este jueves una ley que actualiza y modifica el Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires y el de Procedimientos en la misma materia, para agravar sanciones o tipificar ilegalidades hasta ahora impunes. La aprobación en general se obtuvo con 40 votos positivos contra 20 negativos.

La nueva norma crea la figura del cuidacoches o limpiavidrios como una contravención cuando no exista autorización legal para ejercer esa actividad e impone sanciones de multas, realización de tareas de utilidad pública y de arresto para los jefes o coordinadores de bandas. También se incluye punitivamente a organizadores de espectáculos cuando tengan complicidad con ese sistema ilegal de estacionamiento. Si hay connivencia policial se hará un sumario y se podrá castigar al policía con la exoneración.

Daniel Presti (VJ), presidente de la comisión de Justicia y miembro informante en el recinto, explicó el contenido del despacho de mayoría y destacó que durante seis meses y once reuniones de discusión y análisis se escucharon las posturas de todos los sectores de la sociedad, alcanzados directa o indirectamente por la normativa, lo que permitió enriquecer un proyecto de ley que inicialmente fue de la Jefatura de Gobierno.

Por su parte, Roy Cortina (PS), se atribuyó en el recinto la autoría del texto definitivamente votado, en los artículos referidos a «trapitos cuidacoches», y sostuvo que «la solución no es criminalizar la pobreza. La persona que busca ingresos para vivir tiene que ser vinculada a programas sociales y el poder punitivo del Estado debe concentrarse en terminar con las mafias», argumentó el legislador socialista.

Tras la sesión, en declaraciones periodísticas, el presidente del cuerpo, Diego Santilli, ponderó la labor de Cortina, cuyo proyecto fue utilizado como base de debate en la parte inherente a los cuidacoches, incorporando la consideración de los problemas sociales que pudieran afectar a los infractores.

También el radical Leandro Halperín (Ev) propuso en el recinto y logró la inclusión de un articulo que estipula la inimputabilidad de los contraventores que hayan actuado como consecuencia de un estado de necesidad.

El PS votó en contra del proyecto en general pero a favor ,en particular, de los artículos sobre cuidacoches y limpiavidrios, mientras que el bloque Evolución adhirió en general.

Diputados originarios de la Coalición Cívica, que integran la bancada VJ, votaron favorablemente en general y en forma negativa de cuatro artículos (los inherentes a «trapitos» y el que habilita la intervención policial en casos de contravenciones flagrantes), como explicó el diputado Maximiliano Ferraro (VJ).

Santilli, quien además de presidir el tramo de la sesión ordinaria en la que se trató el tema es vicejefe de Gobierno y está a cargo del Ministerio de Justicia y Seguridad de la CABA, declaró: «A partir de ahora los vecinos tienen una legislación que los protege de las mafias que operar en el espacio público y que combatimos desde el Estado, ahora con leyes más justas».

Sanciones:

(Acotación: cada unidad fija -UF- equivale a medio litro de nafta de mayor octanaje)

  • Prestar servicios de estacionamiento, cuidado de coches o limpieza de vidrios sin autorización legal. Quien sin autorización legal ofrece o presta en la vía pública, de manera directa o indirecta, servicios de estacionamiento, cuidado de coches o limpieza de vidrios, es sancionado con 1 a 2 días de trabajo de utilidad pública o multa de ciento cincuenta 50 a 300 UF. Cuando la conducta está basada en la desigualdad de género la pena se elevará al doble.
  • Cuando exista organización previa, la sanción para los partícipes es de 5 a 15 días de arresto y se eleva al cuádruple para los jefes o coordinadores.
  • En grandes parques o en oportunidad de eventos masivos. Cuando las contravenciones ocurran en los alrededores de los grandes parques durante los fines de semana o dentro de un radio de hasta 30 cuadras del lugar de un evento masivo de carácter deportivo o artístico, desde las 3 horas antes y hasta 2 horas posteriores, 5 a 15 días de arresto y se eleva al cuádruple para los jefes o coordinadores.
  • En caso de tratarse de un estadio y probarse la participación directa o indirecta de personas vinculadas al club, institución u organizador, se sanciona a la entidad con multa de 5.000 a 10.000 UF y clausura de ls instalaciones de 15 a 30 días.
  • Connivencia policial. El funcionario policial que consienta u omita disuadir o perseguir las contravenciones previstas deberá ser sometido al correspondiente sumario administrativo. Cuando resulte comprobada la responsabilidad del funcionario, es sancionado con su exoneración.

Fuente: Legislatura de la Cuidad de Buenos Aires