La Justicia ordenó al Gobierno porteño restringir la circulación de bicicletas de lunes a viernes, entre las 07:30 y las 16:45 horas, mientras dure el ciclo lectivo del corriente año.
El Juzgado de primera instancia en lo Contencioso Administrativo Tributario y de Relaciones de Consumo N° 15, a cargo del juez Víctor Rodolfo Trionfetti, hizo lugar a una medida Cautelar que ordena al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a tomar las medidas necesarias para resguardar la integridad de los niños y niñas que asisten a establecimientos educativos ubicados sobre la avenida del Libertador:
◻ Escuela N° 5 D.E. 9 “Honorable Congreso de la Nación”: sita en Avenida del Libertador N° 4777, con horarios de ingreso a las 08:15 horas y de egreso a las 16:20 horas;
◻ Jardín de Infantes Integral N° 5 D.E. 9: sito en Avenida del Libertador N° 4777, con horarios de ingreso a las 09:00 horas y de egreso a las 16:10 horas;
◻ Jardín de Infantes Común N° 2 D.E. 9 “Granaderos de San Martín”: sito en Avenida del Libertador N°4953; turno mañana, con horarios de ingreso a las 08:45 horas y de egreso a las 12:00 horas; y, turno tarde, con horarios de ingreso a las 13:00 horas y de egreso a las 16:15 horas; y,
◻ Escuela N° 30 D.E. 9 “Granaderos de San Martín”: sita en Avenida del Libertador N°4953, con horarios de ingreso a las 07:50 horas y de egreso a las 15:30 horas.
Esta medida cautelar fue dictada en la causa judicial impulsada por la Fundación Ciudad, el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC) y las cooperadoras de las escuelas, con el patrocinio del abog. Jonatan Baldiviezo (fundador del ODC).
“En este orden de ideas debo señalar que lo que debe preservarse ante todo es la vida y la seguridad de las personas, y la zona peritada está en completo descontrol en materia de cumplimiento de normas de seguridad vial y peatonal”. indica el fallo.
Es por ello, que de lunes a viernes, entre las 07:30 hs. y las 16:45 hs., mientras dure el ciclo lectivo del corriente año, el Gobierno de la Ciudad precederá a “restringir la circulación de ciclistas y rodados similares, para que sea realizado a pie, prohibición de circulación de bicicletas y vehículos similares, como alternativa a la circulación a pie por bicisenda, desvío por ruta específica para bicicletas por zona que se encuentra detrás del lugar donde están emplazados los establecimientos educativos (ciclovía existente en la Av. Valentín Alsina), establecer la presencia suficiente en la zona de personal de tránsito”.
Para ello, deberá “instituir la presencia suficiente y efectiva en la zona, en número e infraestructura adecuados, de personal policial a fin de hacer cumplir inexorablemente la ley de tránsito, en particular respecto de los ciclistas, disponer que el personal de tránsito y policial colabore con los ingresantes y egresantes a los establecimientos para que puedan hacerlo de manera segura, y aquél personal coordine las acciones necesarias para la circulación segura de peatones y ciclistas. Deberá atenderse especial y primordialmente a la seguridad de niños y niñas que accedan a pie, a través de automóviles particulares o combis/micros escolares, establecer que los vehículos de limpieza urbana del GCBA realicen sus tareas fuera del horario de ingreso y egreso de los establecimientos educativos objeto de la presente”.
Como alternativa a la circulación a pie por bicisenda, se propone un desvío por ruta específica para bicicletas por zona que se encuentra detrás del lugar donde están emplazados los establecimientos educativos (ciclovía existente en la Av. Valentín Alsina).
Además, el tribunal le ordena al Gobierno de la Ciudad a que proceda a partir del día lunes 11 de marzo y hasta la finalización del ciclo lectivo 2023 y en caso de incumplimiento o inobservancia injustificada, se impondrá una multa de dos millones de pesos por cada día de retardo en ejecutar la orden.