Se estableció en el año 2016 con La Ley N° 5.601 sancionada por la Legislatura de la Ciudad, busca difundir las acciones y las formas de participación de los vecinos.
El 1° de septiembre y la primera semana de este mes,todas las Comunas de la Ciudad celebran su día. Es el momento en el que los vecinos difunden las funciones y actividades que realizan todos los días, para acercar el Estado a los habitantes de la Ciudad.
La Ley N° 5.601, sancionada por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, instituye el 1° de septiembre como Día de las Comunas y la primera semana de este mes como Semana de las Comunas.
La Ciudad de Buenos Aires está organizada en 15 Comunas que tienen injerencia en el arbolado, espacios verdes, mantenimiento de veredas, asfalto y fiscalización del uso del espacio público. Estas unidades de gestión política y administrativa descentralizada poseen competencia territorial, del patrimonio de su territorio y personería jurídica propia. Cumplen además, una función electoral al momento de elegir funcionarios comunales y nacionales, reemplazando a las antiguas secciones electorales.
Las Comunas evalúan las necesidades y demandas sociales, gestionan políticas comunitarias y dentro de ellas se implementa también un sistema de mediación comunitaria para la resolución de conflictos.
Planifican, ejecutan y controlan en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre el mantenimiento urbano de las vías secundarias así como de los Espacios Verdes, elaboración de su programa de acción y anteproyecto anual, ejecución y administración del mismo, presentación de proyectos, además de llevar adelante toda acción que contribuya al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes y el desarrollo local. Incluso, dentro de las competencias concurrentes, ya ejercen el poder de policía a la hora de fiscalizar el uso del espacio público.
Cada Comuna cuenta con un órgano de Gobierno compuesto por la Junta Comunal y su presidente. Los 7 miembros que componen la Junta son elegidos por los vecinos por cuatro años. El presidente es aquel que obtiene la mayor cantidad de votos en los comicios.
Además, cada una cuenta con un Consejo Consultivo integrado por representantes de entidades vecinales no gubernamentales, partidos políticos, redes y otras formas de organización con intereses o actuación en el ámbito territorial de la Comuna. Este Consejo asesora a la Junta Comunal y también puede, entre otras cuestiones, canalizar las demandas, presentar propuestas y definir las prioridades.
Las comunas tienen competencias exclusivas y concurrentes con el Gobierno de la Ciudad. Entre las primeras, se encuentran el mantenimiento de las vías secundarias y los espacios verdes, la administración de su patrimonio, la iniciativa legislativa y la elaboración de su presupuesto y programa de Gobierno.