Debido a la mejora de la situación sanitaria, el Gobierno decidió aumentar el aforo en espacios abiertos siempre para personas que acrediten su vacunación y se respete 1m2 de distanciamiento.
El Ministerio de Cultura de la Ciudad actualizó el protocolo para el desarrollo de actividades teatrales, performáticas, musicales, corales y espectáculos de circo y danza, entre otros, en los espacios -abiertos y cerrados- de la Ciudad. Debido a la situación sanitaria actual, el máximo de ocupación asciende de 6.000 a 10.000 personas en lugares cerrados mientras los visitantes cumplan con la acreditación que verifica la vacunación por Covid-19. En los espacios abiertos se debe mantener una distancia de 1m2.
El protocolo establece que el coeficiente de ocupación del aforo permitido será de un 100% en relación a la capacidad máxima habilitada. Podrá llegarse a un tope de hasta 10.000 personas, pero en esos casos deberá exigirse al público asistente al establecimiento la acreditación del esquema de vacunación que a continuación se detalla:
- Para el ingreso de personas mayores de 18 años al establecimiento, se deberá acreditar esquema completo de vacunación contra el COVID-19. Para el supuesto de los menores de 18 años, deberán acreditar haber recibido la primera dosis, en tanto no se encuentren aún comprendidos en los cronogramas de vacunación para la aplicación de la segunda dosis que disponga la autoridad. Cuando dichos grupos etarios tengan disponible la aplicación de la segunda dosis, se les deberá exigir la acreditación para el ingreso.
- Se deberá garantizar que el establecimiento cuente con renovaciones de 40 m3/h por persona, sin recirculaciones. En el supuesto de contar con recirculaciones, se deberá incluir un filtrado tipo F7 o superior. En todos los casos, se deberá garantizar renovaciones de 40 m3/h por persona por medio de inyección y extracción de aire forzada y se permitirá complementar renovaciones faltantes con recirculaciones de aire por medio de sistema de filtrado portátil tipo HEPA.
- En el caso en que la actividad se realice al aire libre podrá desarrollarse con un factor de ocupación de 1 persona cada 1 m2. El tope en esos casos, será de 10.000 personas.
- Respecto al acceso, el organizador deberá contemplar la mejor manera de estructurar los ingresos y salidas y designar personal responsable para el ordenamiento a los fines de evitar la aglomeración de gente en las inmediaciones del establecimiento y en sus accesos. En este sentido, se sugieren: ingresos/egresos por grupos de ubicación (símil pautas de abordaje de aviones); en espacios con butacas, se recomienda establecer horarios de ingreso a fin de evitar el ingreso por orden de llegada; prever horarios del espectáculo más laxos para ingresos y egresos, entre otros.
- Asimismo, se requiere la desinfección total del predio previo al comienzo de la nueva función. Se recomienda que los tickets de acceso, sean pagos o gratuitos, se adquieran con antelación a la función a través de medios digitales o telefónicos que deberán implementar los organizadores.
- Todos los trabajadores, artistas y visitantes deberán usar en todo momento tapabocas. En la medida de lo posible, los/as artistas deberán maquillarse y/o peinarse por sus propios medios, sin asistencia de terceros, preferentemente en su hogar o, de no ser posible, en camarines. Solo en casos excepcionales en que esto no fuese posible y se requiera de asistencia de maquillador/a, peinador/a, la compañía y/o producción deberá contar previamente con la aceptación por escrito por parte del espacio para que el maquillaje y/o peinado se realicen en dicho espacio con ayuda de terceros. Quienes realicen estas tareas deberán adecuar su accionar a lo establecido en los protocolos aprobados para el desarrollo de su actividad.