Con un 50% de aforo para salas de teatro y espectáculos y 30% de aforo en los cines actividades y en estricto cumplimiento del protocolo y medidas de prevención vigentes.
La Decisión Administrativa 607, publicada hoy en el Boletín Oficial, informa que “el Ministerio de Cultura de la Nación ha peticionado que se arbitren las medidas para que, en los lugares considerados de alto riesgo epidemiológico y sanitario y en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, se autorice la realización de las actividades relativas al cine y al desarrollo de artes escénicas (música en vivo, teatro, danza y circo) con y sin asistencia de espectadores”.
De esta forma, la decisión administrativa establece que “en las salas de teatros y de espectáculos se permite un 50% de aforo, sin expendio de bebidas y comidas y en los cines se permite un 30% de aforo, con expendio de golosinas y bebidas, el que podrá ser aumentado conforme la situación epidemiológica y de conformidad con los protocolos vigentes”.
Las personas involucradas en el desarrollo de estas actividades deberán portar el Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia Covid-19. De igual manera, el público asistente deberá “acreditar su condición de tal con los tickets de acceso al espectáculo, que deberán especificar la sala a la que se asistió, el título de la obra o concierto y artista, el horario de la función y el número de la butaca que ocupó”.
De esta manera, se establece la excepción de la suspensión dispuesta en el inciso f) del artículo 16 del Decreto N° 287/21, prorrogado por sus similares N° 334/21 y N° 381/21, en los lugares considerados como de alto riesgo epidemiológico y sanitario y en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, a la realización de actividades en cines, en teatros y en salas de espectáculos de centros culturales a los efectos del desarrollo de artes escénicas, con y sin asistencia de espectadores», indica la norma.
En esta contexto de emergencia sanitaria se garantiza además que las actividades en salas teatrales y de espectáculos como la de las de cine continúan aplicando los protocolos consensuados y aprobados entre todos los sectores involucrados para un desarrollo cuidado y seguro tanto para los trabajadores y trabajadoras como para los espectadores.
Protocolo para Cines
El protocolo está destinado a trabajadores y trabajadoras, proveedores y público asistente en general de todos aquellos establecimientos habilitados que cuenten con una o más salas de cine y cuya actividad principal sea la exhibición de films y videocintas calificadas por el INCAA.
Respecto al coeficiente de ocupación el aforo será de un máximo del 30% en relación a la capacidad máxima habilitada, siempre y cuando la sala cuente con renovaciones de 40 m3/h por persona, sin recirculaciones. Independientemente de ello, en ningún caso la cantidad de público podrá ser superior a 300 personas en simultáneo por sala.
La distancia entre butacas ocupadas deberá ser de 1,5 metros como mínimo. A tal fin se deberán configurar la cantidad de butacas libres que sean necesarias en todas las direcciones. Dentro de cada una de las salas de cine la ocupación de butacas contiguas por grupos de convivientes no podrán ser superiores a seis personas y estarán conformadas por butacas contiguas.
No se permitirá el ingreso de ningún asistente que tenga una temperatura igual o superior a 37,5° C al momento del control.
En cuanto a los horarios de las funciones, cada complejo y/o sala cinematográfica deberá establecer un cronograma, en función de su programación e instalaciones preexistentes, que minimice la congestión de público al ingreso y egreso de las funciones, así como también que contemple lapsos de tiempo suficientes para que el personal pueda llevar a cabo la adecuada limpieza y desinfección entre funciones.
En aquellos casos donde sea posible en función de las características arquitectónicas, y a fin de complementar y optimizar la ventilación de las salas, las puertas de las mismas (tanto de ingreso como de salida de emergencia) se mantendrán abiertas durante al menos 10 minutos entre función y función, o lo que determine cada Autoridad Jurisdiccional competente. Los lentes 3D serán limpiados y desinfectados por el personal de los cines después de cada uso, y se permitirá el servicio gastronómico y de Candy Bar, el cual deberá adecuar su funcionamiento a lo establecido en los protocolos aprobados para el desarrollo de su actividad.
Protocolo para el desarrollo de actividades escénicas con público
Las actividades mencionadas podrán llevarse a cabo en los establecimientos o espacios cuya habilitación sea compatibles con dichas actividades pudiendo desarrollarse en espacios cerrados y/o abiertos al aire libre.
La Agencia Gubernamental de Control otorgará los permisos correspondientes para el desarrollo de las actividades en los lugares de gestión privada al aire libre que no se encuentren habilitados y donde estén dadas las condiciones para realizar este tipo de eventos.
El protocolo permite realizar trabajo administrativo y de mantenimiento de espacios, como también retomar ensayos, entrenamientos y prácticas teatrales. Asimismo, permite la grabación y/o transmisión de contenidos en entornos digitales de forma gratuita o paga, y la realización de otros contenidos (clases, talleres, seminarios, grabación de obras de teatro y de danza, y performance) con asistencia de espectadores en el espacio físico y con la posibilidad de ser transmitidos en directo a través de un sistema de streaming.
Para el caso de establecimientos cerrados con una capacidad máxima habilitada de hasta 2000 personas, el coeficiente de ocupación del aforo permitido será de un máximo del 50%, para aquellos con capacidad máxima habilitada de entre 2001 y 3000 personas de un máximo del 40%; entre 3001 y 4000 personas de un máximo del 30%, mientras que para el caso de establecimientos que posean una capacidad máxima habilitada superior a 4000 personas, el coeficiente de ocupación del aforo permitido será de un máximo del 20%. en relación a la capacidad máxima habilitada.
En todos los supuestos se deberá garantizar que el establecimiento cuente con renovaciones de 40 m3/h por persona, sin recirculaciones. En el supuesto de contar con recirculaciones, se deberá incluir un filtrado tipo F7 o superior.
En todos los casos, se deberá garantizar renovaciones de 40 m3/h por persona por medio de inyección y extracción de aire forzada y se permitirá complementar renovaciones faltantes con recirculaciones de aire por medio de sistema de filtrado portatil tipo HEPA.
En el caso en que la actividad se realice al aire libre dentro o fuera de la línea oficial de edificación, podrá desarrollarse con un factor de ocupación de 1 persona cada 4 m2. El tope para el caso de eventos al aire libre por dentro de la línea oficial de edificación será de 2500 personas, mientras que para eventos al aire libre por fuera de la línea oficial de edificación será de 1500 personas.
En los casos que un mismo evento utilice espacio cerrado y al aire libre conjuntamente nunca será superior a las 2500 personas, sin perjuicio de los límites previstos respectivamente para los espacios al aire libre (dentro o fuera de la línea oficial de edificación) y los espacios cerrados.
El organizador deberá contemplar la mejor manera de estructurar los ingresos y salidas. Se sugiere demarcar los ingresos y la fila de acceso para poder cumplir con las pautas de distanciamiento de 2 metros entre personas. Se recomienda que los tickets de acceso, sean pagos o gratuitos, sean adquiridos con antelación a la función a través de medios digitales o telefónicos.
Al ingresar al espacio, los/as asistentes del público deberán mostrar la declaración jurada de salud vigente (mediante formulario online, App CuidAR o sistema equivalente). No se permitirá el ingreso de ningún asistente que tenga una temperatura igual o superior a 37,5° C al momento del control.
La forma de disposición de las ubicaciones se podrá determinar en función a la disposición de cada espacio, ya sea que se trate de espacios cerrados y/o abiertos:
Espacios con butacas fijas: intercalando, en cada fila, las butacas ocupadas y libres. Con excepción de un mismo grupo familiar conviviente, en cuyo caso pueden ubicarse hasta seis localidades en continuo.
Espacios sin butacas: permitiendo el ingreso según el aforo autorizado, las ubicaciones estarán distribuidas y señalizadas en el espacio. Se trata de un esquema de entradas numeradas en campo y se puede realizar seleccionando alguna modalidad de distribución según demarcación en el suelo- burbujas sociales; sillas distanciadas; estructuras de división de espacios o cualquier otra estructura superadora en la que puedan disponerse los asistentes, siempre que se garantice la accesibilidad a personas con discapacidad.
No se permitirá el desplazamiento de público durante el espectáculo, deberán permanecer en los lugares asignados, excepto para el uso de sanitario. A tal fin, se deberán garantizar corredores de sentido único.
Los artistas deberán usar tapabocas en todos los espacios habilitados para la actividad. Se exceptúa del uso del tapabocas a los/as artistas en el escenario durante el ensayo, función o grabación. Los artistas usarán tapabocas hasta el momento previo de ingresar a escena.
La cantidad de personas en escena deberá ser acorde al cumplimiento del distanciamiento social, preventivo y obligatorio. La interacción en el escenario entre los artistas será de al menos de 2 metros de distancia. Para las escenas o representaciones que requieran mayor cercanía podrá utilizarse la máscara facial o tapabocas, a menos que sean escenas o situaciones que impliquen momentos casuales de corta duración que no pueden tener una duración superior a 15 minutos.
En la medida de lo posible, los/as artistas deberán maquillarse y/o peinarse y/o vestirse por sus propios medios, sin asistencia de terceros, preferentemente en su hogar o, de no ser posible, en camarines. Los camarines podrán ser compartidos por los/as artistas siempre que se respete la distancia mínima establecida o ampliando el horario de citación previa a cada ensayo, función o grabación, para establecer turnos.
Se deberá proceder a la limpieza y desinfección del espacio, del escenario y de todos los elementos (materiales técnicos, utilería y de escena) antes y después de cada ensayo, función o grabación. Los micrófonos utilizados serán nominados por nombre del/la artista y serán desinfectados y guardados diariamente según las recomendaciones del fabricante, no pudiendo intercambiarse entre artistas hasta no ser debidamente desinfectados.