Durante el sábado 5 y el domingo 6 de junio vuelven las restricciones en las zonas con alto riesgo epidemiológico como la Ciudad, Qué se puede hacer y qué no.
Las medidas son las mismas a las aplicadas entre el 22 y el 31 de mayo en zonas de alto riesgo epidemiológico. Solo estará permitido circular en cercanías del domicilio entre las 6 y las 18 horas
El objetivo es restringir la circulación de gente con fines sociales para frenar la segunda ola de Covid-19. En los últimos días comenzó a verse los resultados de los 9 días de confinamiento estricto con una significativa baja de los contagios en el AMBA, aunque la cifra se mantiene alta.
Las medidas que regirán en la Ciudad, una por una
- Sólo podrán realizarse salidas de esparcimiento al aire libre en espacios de cercanía, en el horario autorizado y con conductas acordes a las reglas generales.
- No podrán realizarse reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales y tampoco se podrá circular afuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.
- La restricción a la circulación será total, entre las 18 y las 6, excepto para quienes desarrollan tareas esenciales.
- Estarán habilitados los comercios esenciales, los comercios con envío a domicilio y para llevar (take away).
- El transporte público seguirá siendo de uso exclusivo para los trabajadores de tareas esenciales que deberán contar con el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19.
- Las personas sólo podrán movilizarse en las cercanías de sus domicilios y con el casi excluyente motivo de aprovisionarse de comida, medicamentos y artículos de necesidad en los comercios habilitados.
- A partir del lunes y hasta el 11 de junio próximo se restablecerán las medidas de cuidado actuales y luego, semana a semana, se analizarán los pasos a seguir, a la espera de que vuelva a confirmarse un freno en la crecida de casos.
Actividades exceptuadas
- Personal de salud
- Las fuerzas de seguridad
- Los trabajadores de supermercados y alimentos
- Transporte
- Trabajadores de comedores escolares o comunitarios
- Correos
- Telecomunicaciones
- Obra pública
- Quienes deban trasladarse por razones de fuerza mayor
- Quienes acompañen a otra persona a vacunarse
Todas las personas exceptuadas por su actividad deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”. Es posible acceder al mismo instalando la aplicación CUIDAR en el teléfono celular.